Plataformas Digitales, Ley del ISR
PLATAFORMAS DIGITALES
Sujetas para tributar en México
Los artículos 2, 3, 4 y 5 de la Ley del ISR fueron reformados con el fin de que plataformas digitales con procedencia extranjera tributen en México, dado que, tanto colaboradores como usuarios son habitantes del territorio.
Dichas plataformas como Uber, Didi, Cabify, y de igual manera Airnbn, la cual ofrece servicio de hospedaje, entre otras, no cuentan como tal con un establecimiento permanente, únicamente con oficinas administrativas.
Se pretende que con los nuevos cambios fiscales del 2020, estas plataformas paguen el ISR por retenciones y su IVA sea trasladado a sus comprobantes emitidos para México.
La retención del ISR será aplicada al total de los ingresos percibidos por la venta de bienes/servicios a través de plataformas tecnológicas.
Agustín Gordillo. (2019). Retenciones de ISR a ingresos generados en plataformas digitales como Uber, Amazon o Airbnb. enero 20, 2019, de El Contribuyen Sitio web: https://www.elcontribuyente.mx/2019/11/retenciones-isr-ingresos-plataformas-digitales-uber-amazon-airbnb/
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